6 de Septiembre de 2008
Autora del ''Libro negro de la justicia chilena''
CDE acuerda otorgar reparación a la periodista Alejandra Matus
El pasado 9 de septiembre, el organismo aceptó la ''proposición de transacción'' presentada por el abogado de la profesional, en el marco de un juicio civil iniciado para conseguir el cumplimiento de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en torno a este caso. El acuerdo fijó el monto indemnizatorio en 30 millones de pesos.
El Mostrador.cl
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) acordó reparar a la periodista Alejandra Matus Acuña, por la violación a sus derechos a la libertad de expresión y a la propiedad, cometida por la censura de su obra, "El libro negro de la justicia chilena".
En su sesión ordinaria del 9 de septiembre pasado, el CDE aceptó la "proposición de transacción" presentada por el abogado de la periodista, Adil Brkovic, en el marco de un juicio civil iniciado por la profesional para conseguir el cumplimiento de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) en torno a este caso. El acuerdo fijó el monto indemnizatorio en 30 millones de pesos.
En su informe final sobre el caso 12.142, la CIDH determinó que el Estado de Chile violó los derechos humanos de la periodista al aplicar en su contra el artículo 6
Autora del ''Libro negro de la justicia chilena''
CDE acuerda otorgar reparación a la periodista Alejandra Matus
El pasado 9 de septiembre, el organismo aceptó la ''proposición de transacción'' presentada por el abogado de la profesional, en el marco de un juicio civil iniciado para conseguir el cumplimiento de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en torno a este caso. El acuerdo fijó el monto indemnizatorio en 30 millones de pesos.
El Mostrador.cl
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) acordó reparar a la periodista Alejandra Matus Acuña, por la violación a sus derechos a la libertad de expresión y a la propiedad, cometida por la censura de su obra, "El libro negro de la justicia chilena".
En su sesión ordinaria del 9 de septiembre pasado, el CDE aceptó la "proposición de transacción" presentada por el abogado de la periodista, Adil Brkovic, en el marco de un juicio civil iniciado por la profesional para conseguir el cumplimiento de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) en torno a este caso. El acuerdo fijó el monto indemnizatorio en 30 millones de pesos.
En su informe final sobre el caso 12.142, la CIDH determinó que el Estado de Chile violó los derechos humanos de la periodista al aplicar en su contra el artículo 6
b) de la Ley de Seguridad del Estado.
"La Comisión Interamericana concluye que Alejandra Matus Acuña fue víctima de censura por el 'Libro Negro de la Justicia Chilena', y que sus libros fueron incautados por orden judicial y estuvieron fuera de circulación por más de dos años. Asimismo, la señora Matus Acuña fue sometida a un proceso judicial que la obligó a salir de su país para evitar ser privada de su libertad.
Finalmente, la Comisión establece que se privó a la sociedad chilena del derecho al acceso a la información", sostuvo en parte de sus conclusiones el informe 90/05.
Agregó que "los hechos establecidos en el presente informe constituyen violaciones a los artículos 13 y 21 de la Convención Americana, todo ello en violación del deber de respeto y garantía consagrado en el artículo 1 de la Convención Americana y el deber de adaptar las normas internas a los compromisos asumidos por el Estado, conforme al artículo 2 de la misma Convención". Por tales hechos, la CIDH recomendó:
"La Comisión Interamericana concluye que Alejandra Matus Acuña fue víctima de censura por el 'Libro Negro de la Justicia Chilena', y que sus libros fueron incautados por orden judicial y estuvieron fuera de circulación por más de dos años. Asimismo, la señora Matus Acuña fue sometida a un proceso judicial que la obligó a salir de su país para evitar ser privada de su libertad.
Finalmente, la Comisión establece que se privó a la sociedad chilena del derecho al acceso a la información", sostuvo en parte de sus conclusiones el informe 90/05.
Agregó que "los hechos establecidos en el presente informe constituyen violaciones a los artículos 13 y 21 de la Convención Americana, todo ello en violación del deber de respeto y garantía consagrado en el artículo 1 de la Convención Americana y el deber de adaptar las normas internas a los compromisos asumidos por el Estado, conforme al artículo 2 de la misma Convención". Por tales hechos, la CIDH recomendó:
"Reparar adecuadamente a Alejandra Marcela Matus Acuña por las consecuencias de las violaciones a los derechos de libertad de expresión y de propiedad".
Con la decisión del CDE se pone fin a la demanda que interpuso la profesional en contra del Estado en 1999, y que tuvo entre otras consecuencias que el Gobierno de Chile derogara los artículos 6 b) y 16 de la Ley de Seguridad del Estado, por ser atentatorios contra la libertad de expresión e incompatibles con un régimen democrático de Gobierno.
Matus satisfecha
Alejandra Matus manifestó su complacencia con la decisión del CDE. "La CIDH estableció que mis derechos fundamentales fueron severamente dañados por la Justicia Chilena y ahora, con esta resolución, el Estado chileno finalmente reconoce su falta. Me alegro por lo que esto significa para el fortalecimiento de la libertad de expresión en Chile, que también fue robustecida por la derogación de una de las leyes más nefastas para el ejercicio del periodismo y del derecho a la libertad de expresión".
“El Libro Negro de la Justicia Chilena” fue publicado el 13 de abril de 1999 y a la mañana siguiente fue incautado por orden del ministro de fuero Rafael Huerta, en el marco de un requerimiento interpuesto por el ex Presidente de la Corte Suprema, Servando Jordan, por Ley de Seguridad del Estado. La periodista abandonó abruptamente el país y solicitó asilo político en Estados Unidos, que le fue concedido. En Chile, el magistrado Huerta procesó y detuvo al gerente general de Editorial Planeta, Bartolo Ortiz, y al editor, Carlos Orellana. La posterior derogación del artículo 6 b), por iniciativa del Presidente Ricardo Lagos, puso fin a ese proceso.
http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/noticia_nueva.asp?id_noticia=259122
Con la decisión del CDE se pone fin a la demanda que interpuso la profesional en contra del Estado en 1999, y que tuvo entre otras consecuencias que el Gobierno de Chile derogara los artículos 6 b) y 16 de la Ley de Seguridad del Estado, por ser atentatorios contra la libertad de expresión e incompatibles con un régimen democrático de Gobierno.
Matus satisfecha
Alejandra Matus manifestó su complacencia con la decisión del CDE. "La CIDH estableció que mis derechos fundamentales fueron severamente dañados por la Justicia Chilena y ahora, con esta resolución, el Estado chileno finalmente reconoce su falta. Me alegro por lo que esto significa para el fortalecimiento de la libertad de expresión en Chile, que también fue robustecida por la derogación de una de las leyes más nefastas para el ejercicio del periodismo y del derecho a la libertad de expresión".
“El Libro Negro de la Justicia Chilena” fue publicado el 13 de abril de 1999 y a la mañana siguiente fue incautado por orden del ministro de fuero Rafael Huerta, en el marco de un requerimiento interpuesto por el ex Presidente de la Corte Suprema, Servando Jordan, por Ley de Seguridad del Estado. La periodista abandonó abruptamente el país y solicitó asilo político en Estados Unidos, que le fue concedido. En Chile, el magistrado Huerta procesó y detuvo al gerente general de Editorial Planeta, Bartolo Ortiz, y al editor, Carlos Orellana. La posterior derogación del artículo 6 b), por iniciativa del Presidente Ricardo Lagos, puso fin a ese proceso.
http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/noticia_nueva.asp?id_noticia=259122
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