jueves, 23 de julio de 2009

Noble promesa en causa de acción:Corte Penal Internacional para la Prevención del Crimen -23-07-09

Por Juan E. Méndez, asesor del fiscal de la Corte Penal Internacional para la Prevención del Crimen

PERSPECTIVA

La responsabilidad de proteger

Debemos aprovechar la oportunidad del debate de esta semana en la Asamblea General para convertir esta noble promesa en causa de acción.

El compromiso adquirido por dirigentes latinoamericanos de proteger a las poblaciones de crímenes masivos pronto será puesto a prueba. Esta semana, la Asamblea General de Naciones Unidas examinará las propuestas de los dirigentes mundiales en la cumbre de 2005 en Nueva York. Este principio, que se conoce como "responsabilidad de proteger", estipula que los estados están obligados, individual y colectivamente, a proteger a sus poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes de lesa humanidad y la limpieza étnica.

Debería ser un momento de esperanza, porque los gobiernos se comprometen a poner en obra sus palabras, pero unos cuantos gobiernos interesados en atenuar este compromiso podrían apoderarse del debate invocando la soberanía a modo de barricada tras la cual sus acciones no puedan ser cuestionadas. Los estados latinoamericanos, algunos de ellos defensores clave del principio, deben hacerse oír y demostrar que están dispuestos a apoyar el llamado a la acción del secretario general de Naciones Unidas.

La "responsabilidad de proteger" (o RdP como se la conoce) especifica que los estados deben proteger a su propia población de crímenes atroces y deben ayudar a otros estados a actuar en consecuencia; cuando un Estado incumple manifiestamente sus obligaciones, la comunidad internacional debe tomar medidas oportunas y decisivas para impedir o detener las atrocidades. La RdP se centra con toda razón en prevenir las atrocidades y en fortalecer la capacidad de los estados para proteger a sus propios ciudadanos. La RdP ofrece a la comunidad internacional una amplia gama de medidas para responder ante una catástrofe inminente: desde una diplomacia enérgica y el despliegue de observadores de derechos humanos hasta la imposición de sanciones y el uso de la fuerza como último recurso cuando los medios pacíficos resulten infructuosos.

Se trata de un principio que no se contradice con la soberanía ni con la igualdad de los estados ni con el principio de no intervención. Al contrario, está en total conformidad con el respeto por la soberanía responsable, que ha llegado a definir las relaciones entre los estados en América Latina y en otras latitudes. La RdP es una expresión práctica de la conciencia acrecentada en nuestra región sobre los estándares universales de derechos humanos respaldados por el derecho internacional.

Mi propia experiencia da cuenta de una época cruenta, cuando los regímenes dictatoriales abusaban de la soberanía para cometer crímenes terribles contra su propia población. En 1975 fui capturado por el régimen militar argentino, torturado y detenido sin proceso por un año y medio. En aquel momento, el uso sistemático de la tortura por el régimen, las ejecuciones y las masacres, la detención arbitraria y prolongada, la desaparición forzada y la violación, eran moneda corriente en nuestro continente. Hoy esos actos son considerados con razón crímenes de lesa humanidad.

He dedicado mi carrera de abogado internacional a asegurar que otros no serán victimizados como yo y tantos otros lo fuimos alguna vez. En 2004, el secretario general de la ONU, Kofi Annan, me nombró su primer asesor especial para la prevención del genocidio. Al año siguiente fui a Costa de Marfil, donde por aquel entonces se vivía una aterradora oleada de matanzas étnicas incitadas por un discurso de odio desenfrenado. Les recordé puntualmente a figuras de ambos bandos que aquéllos que incitaran a cometer atrocidades podrían verse procesados por la Corte Penal Internacional. Estas amenazas, así como la intervención diplomática oportuna, lograron atemperar los ánimos y reducir la violencia, una prueba de que la justicia puede tener efectos preventivos, y que la prevención de atrocidades no implica el uso de la fuerza.

Experimenté también la terrible dificultad de animar a la comunidad internacional a actuar ante crímenes atroces. Por entonces, el gobierno de Sudán empleaba a las fuerzas paramilitares Janjaweed para aterrorizar a los civiles en Darfur. Llegué a la conclusión de que el pueblo de Darfur enfrentaba una amenaza muy real de genocidio y, a fines de 2005, traté de informar al Consejo de Seguridad de la ONU sobre este tipo de riesgos. Me impidieron hacerlo algunos miembros permanentes del Consejo, aunque no fui ni mucho menos la única figura internacional cuyos intentos de generar una respuesta adecuada en Darfur se frustraron. En su esencia, la responsabilidad de proteger es la promesa de asegurar que los horrores de Ruanda hace quince años nunca se repetirán; simplemente nos queda aún mucho camino por recorrer antes de poder hacer realidad este deseo.

Dirigentes latinoamericanos de Argentina, Chile, Costa Rica, México y Perú desempeñaron un papel decisivo en la Cumbre Mundial de 2005 para llegar a un acuerdo sobre la responsabilidad de proteger. Los estados latinoamericanos deben seguir ese liderazgo, compartiendo nuestras lecciones sobre verdad y justicia frente a las atrocidades en el terreno interno, e impidiendo atrocidades masivas en el regional y global por medio de iniciativas de justicia, mediación y mantenimiento de la paz. Estas experiencias contradicen la concepción errónea de que la responsabilidad de proteger consiste en el uso de la fuerza y es sólo pertinente para ciertas regiones del mundo.

Para decirlo simplemente, la responsabilidad de proteger es la expresión del deseo de respetar y proteger la dignidad humana. Debemos aprovechar la oportunidad del debate de esta semana en la Asamblea General para convertir esta noble promesa en causa de acción.

http://www.lanacion.cl/prontus_noticias_v2/site/artic/20090722/pags/20090722202635.html
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