8 de Octubre de 2008
Condenan a 15 años y un día a brigadier (r) del Ejército por causa de DDHH
El ministro Solís Montiel había establecido condena de 15 años y un día por el denominado episodio Maestranza y 10 años y un día cada uno por los casos de Martínez Aliste y Rojas Fuentes, pero al revisar todos las sentencias de manera conjunta se determinó una condena única por el delito más importante de acuerdo a las reglas de la unificación de penas.
La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó condena única de 15 años y un día de presidio en contra del brigadier (r) del Ejército Víctor Raúl Pinto Pérez, como autor de los delitos reiterados de secuestro y homicidio en tres causas de violaciones a los Derechos Humanos que investigó el ministro en visita Héctor Solís Montiel.
En fallo unánime (en causas roles 1462-2007, 350-2008 y 465-2008), los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Claudio Pavez, María Soledad Espina y Adriana Sottovia dictaron la condena única en la investigación por los episodios denominados Cerro Chena, René Martínez Aliste y Manuel Rojas Fuentes.
Asimismo la resolución judicial establece que “el procesado Raúl Pinto Pérez, ya individualizado, queda condenado a la pena única de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo; a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y al pago de las costas de la causa, como autor de los delitos reiterados de secuestro y homicidio calificados en las personas de Ramón Luis Vivanco Díaz; Adiel Monsalves Martínez; Manuel Zacarías González Vargas; José Leningrado Morales Álvarez; Arturo Koyck Fredes; Joel Guillermo Silva Oliva; Roberto Segundo Ávila Márquez; Alfredo Acevedo Pereira; Raúl Humberto Castro Caldera; Pedro Enrique Oyarzún Zamorano y Hernán Elías Chamorro Monardes, perpetrados los últimos días de septiembre y octubre del 1973 según causa Rol 1462; por el homicidio calificado de René Máximo Martínez Aliste (Causa Rol Corte Nº 350-2008) y; por el homicidio calificado de Manuel Tomas Rojas Fuentes (Causa Rol Ingreso Corte Nº 465-2008), hechos estos dos últimos ocurridos en los primeros diez días del mes de diciembre del año 1973, en la Escuela de Infantería de San Bernardo”.
El ministro Solís Montiel había establecido condena de 15 años y un día por el denominado episodio Maestranza y 10 años y un día cada uno por los casos de Martínez Aliste y Rojas Fuentes, pero al revisar todos las sentencias de manera conjunta se determinó una condena única por el delito más importante de acuerdo a las reglas de la unificación de penas.
http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/noticia_nueva.asp?id_noticia=260275
http://www.lanacion.cl/prontus_noticias_v2/site/artic/20081008/pags/20081008111259.html
Condenan a 15 años y un día a brigadier (r) del Ejército por causa de DDHH
El ministro Solís Montiel había establecido condena de 15 años y un día por el denominado episodio Maestranza y 10 años y un día cada uno por los casos de Martínez Aliste y Rojas Fuentes, pero al revisar todos las sentencias de manera conjunta se determinó una condena única por el delito más importante de acuerdo a las reglas de la unificación de penas.
La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó condena única de 15 años y un día de presidio en contra del brigadier (r) del Ejército Víctor Raúl Pinto Pérez, como autor de los delitos reiterados de secuestro y homicidio en tres causas de violaciones a los Derechos Humanos que investigó el ministro en visita Héctor Solís Montiel.
En fallo unánime (en causas roles 1462-2007, 350-2008 y 465-2008), los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Claudio Pavez, María Soledad Espina y Adriana Sottovia dictaron la condena única en la investigación por los episodios denominados Cerro Chena, René Martínez Aliste y Manuel Rojas Fuentes.
Asimismo la resolución judicial establece que “el procesado Raúl Pinto Pérez, ya individualizado, queda condenado a la pena única de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo; a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y al pago de las costas de la causa, como autor de los delitos reiterados de secuestro y homicidio calificados en las personas de Ramón Luis Vivanco Díaz; Adiel Monsalves Martínez; Manuel Zacarías González Vargas; José Leningrado Morales Álvarez; Arturo Koyck Fredes; Joel Guillermo Silva Oliva; Roberto Segundo Ávila Márquez; Alfredo Acevedo Pereira; Raúl Humberto Castro Caldera; Pedro Enrique Oyarzún Zamorano y Hernán Elías Chamorro Monardes, perpetrados los últimos días de septiembre y octubre del 1973 según causa Rol 1462; por el homicidio calificado de René Máximo Martínez Aliste (Causa Rol Corte Nº 350-2008) y; por el homicidio calificado de Manuel Tomas Rojas Fuentes (Causa Rol Ingreso Corte Nº 465-2008), hechos estos dos últimos ocurridos en los primeros diez días del mes de diciembre del año 1973, en la Escuela de Infantería de San Bernardo”.
El ministro Solís Montiel había establecido condena de 15 años y un día por el denominado episodio Maestranza y 10 años y un día cada uno por los casos de Martínez Aliste y Rojas Fuentes, pero al revisar todos las sentencias de manera conjunta se determinó una condena única por el delito más importante de acuerdo a las reglas de la unificación de penas.
http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/noticia_nueva.asp?id_noticia=260275
http://www.lanacion.cl/prontus_noticias_v2/site/artic/20081008/pags/20081008111259.html
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