viernes, 3 de octubre de 2008

EL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO Por Lautaro Loncon Antileo


EL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO


LA DESPROPORCIONALIDAD DE LAS PENAS, LA VIOLACION DE GARANTIAS FUNDAMENTALES DE DERECHOS HUMANOS SON PRECISAMENTE CARACTERISTICAS DEL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO


Hace algunos días Víctor Toledo, Director Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas, de la Universidad Arcis, Santiago en un artículo publicado, a propósito del allanamiento a la comunidad de Temucuicui, señalaba En La Araucanía se está aplicando de facto la nefasta doctrina del "Derecho Penal del Enemigo" .
Respecto a la criminalización de las reivindicaciones mapuche en donde se aplica el derecho penal como medio para resolver el conflicto político que generó hace más de cien años el propio Estado de Chile en el Territorio Mapuche. ¿Qué es el Derecho Penal del Enemigo? ¿Cuál es su alcance?

Para Günther Jacobs, Alemán y unos de los pensadores de esta doctrina, postula en su libro del "Derecho Penal del enemigo", que en toda sociedad existen dos clases de individuos, el ciudadano y el enemigo. El primero a quien se reconocen sus derechos fundamentales y al segundo, quien por haberse apartado gravemente del derecho, por tratarse de un individuo especialmente peligroso, no merece ninguna contemplación por parte del Estado. No puede ser tratado como persona. Debe ser apartado de la sociedad, se debe procurar su inocuización. La pena sólo valida la norma y reestablece su confianza en ella, cumpliendo un fin preventivo general positivo.

l derecho penal de enemigo Se aparta de los fines ordinarios del Derecho Penal: prevención general positiva, prevención general de intimidación, prevención especial rehabilitadora o de reinserción social, se trata mas bien de una legislación de "lucha" o de "guerra" cuyo fin es la exclusión o inocuización de los "enemigos"

Mediante el Derecho Penal del enemigo el Estado ya no dialoga con los ciudadanos para mantener la vigencia de la norma, sino que combate peligros. La pena se dirige al aseguramiento frente a hechos futuros, no a la sanción de hechos cometidos

En la doctrina, sin embargo, este Derecho penal del enemigo ha encontrado un rechazo mayoritario en cuanto discurso teórico doctrinal y en cuanto planteamiento político criminal, no solo porque vuelve al viejo sistema de un Derecho penal de Autor, sino porque afecta las vigencia de los Derechos Humanos reconocidos y garantizados universalmente frente al imputado y a todo ciudadano y además porque como dice Luis Garcia Martin, autor español, "el concepto de "Derecho penal del enemigo" suscita ya en cuanto se pronuncia determinados prejuicios motivados por la indudable carga ideológica y emocional del término "enemigo". Este término, al menos bajo el prisma de determinadas concepciones del mundo (democráticas y, sobre todo, progresistas), induce ya desde el principio a un rechazo emocional de un pretendido Derecho penal del enemigo, y no sin razón, cuando volvemos la mirada a la experiencia histórica y actual, y desde ella contemplamos el uso que se ha hecho y que aún se hace actualmente del Derecho penal en determinados lugares. En efecto, la experiencia histórica demuestra con demasiada y clara contundencia cómo los regímenes políticos totalitarios (generalmente criminales) etiquetan y estigmatizan precisamente como "enemigos" a los disidentes y a los discrepantes".de la misma manera como el Dictador Pinochet y las Dictaduras militares del cono sur catalogaron como "Enemigos internos" a los opositores políticos de aquel tiempo.

En un artículo de Marco Montero Cid, Jefe Estudios Defensoría II Región, publicada el día martes 13 en El Mercurio de Antofagasta, refiriéndose a este tema en un articulo "De la extensión del Derecho Penal" señalaba: "Nuestra sociedad ansiosa por buscar mecanismos que permitan disminuir la comisión de delitos, ha recurrido al derecho penal con la ilusión y esperanza de que sus grandes conflictos sociales serán solucionados, ocultando el verdadero trasfondo del problema. La creación de nuevos tipos penales o el aumento desproporcionado de las penas, sólo refleja una sociedad fracasada y derrotada. Una sociedad que ha sido incapaz de asumir la cuota de responsabilidad que le cabe ante tales hechos, y que para enfrentar los conflictos sociales recurre a la forma más pobre y precaria de hacerlo, mediante la amenaza punitiva .

La clase política dominante, Los medios de información como el Mercurio y Copessa - que pautean la política punitiva al Ministerio Público, en la IX región, no piensan exactamente lo mismo respecto a las reivindicaciones del Pueblo Mapuche en su lucha por la Tierra y Territorio y Libre determinación. Los fiscales aplican el poder punitivo del Estado claramente con desproporción y prejuicio racial - Todo Mapuche es un potencial enemigo- y más aún si actúa concientemente que la pobreza y marginalidad en que se encuentra es consecuencia directa de la usurpación y negación de sus derechos por parte del Estado. Solo por citar algunos casos; La decena de presos políticos mapuches condenados por los distintos Tribunales Orales de la región en que no se respetaron garantías procesales s mínimas de un justo y debido proceso, sancionar como delitos los supuestos desordenes públicos ocasionadas en marchas pacificas o "presumir" participación delictual en hechos que afecto a un particular, que siendo condenable desde luego , se allana y se utiliza la fuerza de manera desproporcionalizada en contra de una comunidad mapuche, donde no se respetan garantías constitucionales mínimas ni normas de derechos humanos de carácter universal., eso es precisamente características del derecho penal del enemigo, desproporcionalidad y restricción de garantías de derechos humanos.
¿Que duda queda.?

El Estado, no solo incumple las recomendaciones del relator especial de Naciones Unidas en torno a no criminalizar las legitimas protesta de las reivindicaciones Mapuche, sino que aplica una política punitiva nefasta y racista.

No se consolida una sociedad democrática con la aplicación de una doctrina como la anteriormente señalada, al contrario, lo que va poniendo en juego es la legitimidad estatal, que en el caso mapuche, dada día se desvanece y cese resultado es una responsabilidad de los agentes del estado de esta región, de su política penal y sus prejuicios.


Lautaro Loncon Antileo

Red Indígena y Popular

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