sábado, 18 de octubre de 2008

La Agenda de Derechos Humanos para el Bicentenario (ADHB)

La Agenda de Derechos Humanos para el Bicentenario (ADHB) es un documento que propone medidas concretas, factibles y realizables para el 2010 en aquellos aspectos aún pendientes dentro de la esfera de los Derechos Humanos en Chile.

Las propuestas de la ADHB abordan ocho temas:

[A] Verdad, Justicia, y Reparación[B] Promoción de los Derechos Humanos[C] Discriminación[D] Derechos de las Mujeres y Niñas[E] Personas y Grupos Humanos en Riesgo[F] Derechos Económicos, Sociales, y Culturales[G] Educación en Derechos Humanos[H] Democracia y Participación.

Propuestas para una Agenda de Derechos Humanos para el Bicentenario

[A] VERDAD, JUSTICIA Y REPARACION

1. Avanzar en la obtención de la verdad, la justicia y la reparación para las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos y sus familiares;a) Revisar el marco legislativo, de manera que se cumpla en todos los casos con los estándares internacionales de respeto y protección de los Derechos Humanos y contribuya sustancialmente a su defensa y promoción.b) Reconocer que los graves crímenes contra la Humanidad perpetrados durante el régimen militar son imprescriptibles.c) Reconocer la realidad de los casos pendientes de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, ocurridos en el período de la dictadura, clarificándola, y calificando aquellos casos que correspondieran a violaciones a los derechos humanos para posibilitar a sus familiares acceder a los beneficios que otorga la ley de reparación.d) Aprobar una nueva ley de Reparaciones que contemple el conjunto de medidas materiales, morales, jurídicas, educativas y de memoria histórica, recomendadas por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.e) Establecer por ley la imprescriptibilidad del derecho a la reparación en casos de crímenes de guerra y de lesa humanidad.f) Anular todas las sentencias dictadas por los Consejos de Guerra durante la Dictadura.g) Eliminar la cláusula de la Ley de Reparación del año 2004, que prohíbe al Poder Judicial acceder a las denuncias de tortura efectuadas a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, acabando con el secreto de 50 años.h) Recalificar como casos de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos a aquellos que fueron desestimados como tales por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.i) Recalificar como casos de Prisión y Tortura a aquellos que fueron desestimados como tales por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.j) Establecer beneficios de reparación a aquellas personas que fueron objeto de sentencias impuestas por los tribunales militares que, además de las penas de cárcel que les impusieron, los/as privaron de sus derechos civiles y políticos, de modo que se les restituyan sus derechos conculcados.k) Dignificar las pensiones que actualmente reciben las víctimas de prisión política y tortura y exonerados políticos equiparándose con las de familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos.l) Extender las becas de estudio a los hijos de presos políticos, sin tope de edad y eliminar el tope máximo de edad a familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos.m) En cuanto al Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos (PRAIS) asegurar que:-Beneficiarios/as del Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos (PRAIS) sean autorizados a adquirir bonos FONASA del Sistema de Libre Elección con la credencial que poseen;-el Encargado Nacional del PRAIS sea de responsabilidad exclusiva; y-se capacite al personal del sistema Público de Salud sobre programa PRAIS.

2. Anular el Decreto Ley Nº 2191 de 1978, conocido como “Ley de Amnistía”.

[B] PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

3. Utilizar los foros internacionales en los que Chile participe para la promoción y defensa de los Derechos Humanos.
4. Firmar y ratificar todos los instrumentos internacionales pendientes en materia de Derechos Humanos; en particular:a) El Estatuto de Roma, que establece una Corte Penal Internacional (1998).b) El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR-OP2), destinado a abolir la pena de muerte (1989).c) El Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte (1990).d) La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994).e) La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (2007).f) Protocolo Facultativo a la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (2002).g) El Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, 1999).h) El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (1989).i) El Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, (”Protocolo de San Salvador”, 1988).j) La Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, (UNESCO, Paris, 2005).

5. Tipificar y sancionar los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra para hacer efectivo el Estatuto de Roma de 1998.
6. Ajustar la legislación nacional a los estándares exigidos por las normas de Derechos Humanos contenidas en los compromisos internacionales asumidos por Chile.
7. Derogar completamente la pena de muerte en Chile.
8. Modificar el Código de Justicia Militar en concordancia con las normas de Derechos Humanos contenidas en tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, de manera que solamente se aplique a personal militar por hechos en ámbitos militares, y se extinga cualquier jurisdicción sobre las personas civiles.
9. Aprobar el Proyecto de Ley Marco de Derechos Sexuales y Reproductivos, toda vez que define, promueve y cautela estos derechos como derechos humanos.
10. Asumir un rol de liderazgo en la elaboración de un Tratado Internacional de Comercio de Armas legalmente vinculante que regule las transferencias de armas y municiones con el fin de evitar que lleguen a lugares en donde puedan ser utilizadas para la violación sistemática de los derechos humanos de la población civil, incentive los conflictos armados, atente contra el desarrollo sustentable de la región, caigan en manos de grupos terroristas, o contribuyan a intensificar la violencia armada por parte de la delincuencia.a) Apoyar al Grupo de Expertos de Naciones Unidas que estudiará los alcances de un futuro Tratado Internacional de Comercio de Armas. Participar activamente en el Grupo de Trabajo sobre el Control de Armas en los países de MERCOSUR y asociados.b) Ratificar la Convención Interamericana contra la Fabricación y Tráfico Ilícito de Armas de Fuego pequeñas y ligeras (CIFTA), del cual Chile es Estado Parte, y el Reglamento Modelo para el Control del Movimiento internacional de Armas de Fuego.c) Suscribir y ratificar el Acuerdo de Wassenaar relativo a las Buenas Prácticas para las armas pequeñas y ligeras.
11. Avanzar hacia un control interno más estricto del comercio, acceso, tenencia y porte de armas pequeñas y ligeras, así como de las municiones que puedan ser usadas también en armas de fabricación casera;a) Promulgar el reglamento complementario de la ley 20.014, que establece la obligatoriedad de un test psicológico para la tenencia de armas de fuego. Aplicarlo tanto a los nuevos como a los antiguos tenedores.

[C] DISCRIMINACION

12. Dotar a Chile de una institucionalidad que aborde y enfrente todo tipo de discriminación arbitraria.
13. Supervigilar e impedir la vigencia de cualquier legislación nacional o internacional y/o política pública que legitime actos discriminatorios arbitrarios.
14. Apoyar toda legislación nacional o internacional que contribuya a mermar o eliminar el impacto de todo tipo de discriminación arbitraria, como el caso de la “Convención Interamericana contra el racismo y toda forma de discriminación”.
15. Establecer en Chile una política de Estado que patrocine y apoye acciones legales de toda persona afectada por actos discriminatorios cuando se encuentre en situación de extrema pobreza y/o alta vulnerabilidad económica
16. Adoptar una ley contra la discriminación, de manera que sea comprehensiva y efectiva;a) Terminar con la discriminación arbitraria que padecen las personas en Chile en razón de características propias de su identidad psicobiológica o genética como son su pertenencia a una raza, etnia o color, su edad, su discapacidad física o psíquica, apariencia o estructura física, enfermedad, sexo, género, identidad de género y orientación sexual.b) Terminar con la discriminación arbitraria que padecen las personas en Chile en razón de sus condiciones socioculturales y económicas como son la situación de inmigrante, refugiado/a o desplazado/a, ideología u opinión política, origen social, nivel educacional o económico, zona geográfica de nacimiento o residencia, oficio, nombre o apellido, religión o creencias, idioma o lengua, sindicación o participación en asociaciones gremiales, filiación, estado civil, oficio y composición familiar.
17. Derogar toda ley o normativa que promueva la discriminación arbitraria o las desigualdades como ocurre en las siguientes normas:a) Artículo 373 del Código Penal, que sanciona en abierta contradicción con el principio de tipicidad las denominadas ofensas al pudor, la moral o las buenas costumbres.b) Artículo 365 del Código Penal que establece sanciones para relaciones sexuales homosexuales con menores de 18 años y mayores de 14.

[D] DERECHOS DE LAS MUJERES Y NIÑAS

18. Asegurar la correcta y efectiva implementación del Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer en el país, toda vez que garantiza a las mujeres la posibilidad de denunciar toda forma de discriminación y la trasgresión de los derechos cautelados por la Convención, sea directamente o a través de alguna entidad u organización.
19. Prestar especial atención a las situaciones de violencia que viven muchas mujeres y niñas en Chile, por razón de su sexo. Estas agresiones incluyen la violencia por parte de la pareja, la violencia sexual, el incesto, los abusos sexuales, el acoso u hostigamiento sexual, la violencia psicológica, el tráfico sexual, y la violencia máxima, el femicidio.

20. Garantizar a las personas afectadas, en todos los casos de violencia, un pronto acceso a la justicia, la reparación de las consecuencias de estos actos y la prevención de nuevas violencias. Debe prestarse especial atención a las situaciones de violencia que viven muchas mujeres en Chile, especialmente cuando proviene de sus familiares o sus parejas, cualquiera sea su sexo.
21. Garantizar el respeto y la promoción de los Derechos Sexuales y Reproductivos, en tanto respetan la capacidad de las personas para tomar decisiones en el ámbito sexual y reproductivo sin ser objeto de coerción o violencia, ejerciendo su autonomía, libertad y dignidad en estas áreas de la vida;a) Despenalizar del aborto, entendido como la eliminación de toda sanción penal (prisión, multas y otras penas) contra las personas que tengan la intención de abortar, se sometan a un aborto, informen sobre el aborto o lo practiquen.b) Garantizar el acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones que puedan derivarse de un aborto inseguro, que el trato por parte del personal de salud sea humanizado, digno, no discriminatorio, y que se elimine la disposición legal que les obliga a denunciar.c) Garantizar que el aborto sea legal, seguro y gratuito en los casos de violación, incesto, riesgo para la salud y vida de la madre, y malformaciones fetales incompatibles con la vida extrauterina.

[E] PERSONAS Y GRUPOS HUMANOS EN RIESGO

22. Fortalecer los mecanismos de prevención para el cumplimiento de las obligaciones internacionales de resguardo a los derechos de menores y adolescentes.
23. Abordar especial y urgentemente las situaciones de violencia en todos los ámbitos y la prevención de condiciones de riesgo para menores y adolescentes como vulneración de derechos (drogadicción, delincuencia, entre otras).
24. Someter a revisión la nueva ley de responsabilidad penal adolescente, de manera que sea congruente con los principios que los instrumentos internacionales consagran.
25. Adecuar la legislación nacional para dar total cumplimiento a la Declaración y a la Convención de los Derechos del Niño;a) Erradicar las peores formas de trabajo y explotación infantil.b) Erradicar el trabajo infantil para menores de de 15 años.c) Fiscalizar el efectivo cumplimiento de la legislación nacional relativa al trabajo infantil.
26. Denunciar en foros internacionales el artículo 38 de la Convención de los Derechos del Niño y su protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, que permiten que menores de 18 años de edad puedan ser reclutados voluntariamente para hacer el servicio militar.
27. Ratificar, por iniciativa del Ejecutivo, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y adoptar y ratificar otros instrumentos internacionales relativos a los Pueblos Originarios. El Convenio 169 es el único instrumento internacional actualmente válido relativo a los derechos humanos de los Pueblos Originarios.
28. Dejar de aplicar la legislación antiterrorista para hechos que bajo ningún aspecto pueden ser asimilados a ese crimen, vulnerándose así las normas internacionales sobre el derecho a la justicia y al debido proceso.
29. Mejorar las condiciones de vida en las instituciones carcelarias en conformidad con los principios y reglas internacionales. En una sociedad democrática, estas instituciones de castigo deben orientarse a la reinserción social y no al sometimiento cruel, inhumano y degradante propio de sistemas políticos que vulneran los Derechos Humanos, especialmente si las personas afectadas son menores de edad.
30. Perfeccionar los mecanismos de fiscalización en los lugares de arresto y detención.
31. Denunciar e investigar todo posible caso de tortura o malos tratos a personas privadas de libertad.

[F] DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

32. Reconocer abiertamente el retraso del Estado de Chile en el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales y avanzar en el acceso y disfrute de éstos para todas las personas;a) Firmar y ratificar todos los instrumentos internacionales pendientes en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales indicados en el punto 4.b) Adoptar todas las medidas, económicas, y legislativas, hasta el máximo de los recursos de que se disponga, para hacer efectivo progresivamente el acceso y disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales.c) Reconocer y promover como tarea urgente del Estado y de la sociedad en su conjunto a todas las personas los derechos de acceso a la educación, salud, justicia, nivel de vida adecuado, cultura, seguridad social y trabajo digno, y mejorar drásticamente la distribución de la riqueza.
33. Respetar y proteger los derechos económicos, sociales y culturales, en la aplicación de acuerdos y tratados internacionales de libre comercio;a) Poner especial atención en aquellas normas contenidas en tratados de libre comercio que afecten derechos laborales y/o medioambientales, así como en otros instrumentos internacionales de relaciones económicas.b) Aplicar y promover las Normas Sobre las Responsabilidades de las Empresas Transnacionales y Otras Empresas Comerciales en la Esfera de los Derechos Humanos, adoptadas por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2004.
34. Dar cumplimiento íntegro de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Resolución 45/158, Asamblea General de la ONU, 18 de diciembre de 1990), firmada por Chile en septiembre 1993, e incorporada por Chile a su legislación.

[G] EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS

35. Reforzar la Educación en Derechos Humanos en los establecimientos educacionales y en los procesos formativos de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública y de Gendarmería de Chile para formar sujetos de derecho, sujetos “vigilantes” de la vigencia de todos los derechos: civiles y políticos; económicos, sociales y culturales; derechos ambientales y de los pueblos.a) Contextualizar la Educación en Derechos Humanos con la historia reciente de Chile, tanto en establecimientos educacionales, como en instituciones uniformadas.b) Incorporar como material complementario los informes de la “Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación” y de la “Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura”, para establecimientos educacionales e instituciones uniformadas.c) Reforzar y promover la incorporación efectiva de los Objetivos Fundamentales Transversales (OFT) establecidos en los planes y programas del Ministerio de Educación relacionados con los derechos humanos, tanto en el currículum (Marco Curricular, Planes y Programas de Estudio) así como en la cultura escolar, la convivencia escolar y en los proyectos educativos institucionales (PEI) de todos los establecimientos educacionales: prebásica, básica, media y superior, cualquiera sea su dependencia: municipal, privado subvencionados, privados pagados; como un imperativo y un compromiso con nuestro pasado y el futuro.d) Propender a crear en el currículo, en los planes diferenciados y actividades complementarias espacios y actividades específicas para el trabajo educativo en derechos humanos, junto al reforzamiento de los OFT en derechos humanos.e) Crear una asignatura en la educación escolar de Educación Cívica, Ética y Derechos Humanos.

36. Incorporar la educación en derechos humanos como parte integral de las mallas curriculares de las instituciones formadoras de profesores. Así como reforzar considerablemente la formación en derechos humanos de los profesores en servicio desarrollando una pedagogía de derechos humanos, materiales educativos y didácticos, destinando recursos financieros para la realización de cursos, talleres y actividades de sensibilización en derechos humanos.
37. Destinar recursos adecuados para capacitar a profesores/as, crear materiales educativos y reforzar redes de educadores en derechos humanos.
38. Desarrollar una estrategia para que la educación en derechos humanos tenga presencia no sólo en la educación formal sino que también en la educación no formal e informal (medios de comunicación social).
39. Suspender de manera definitiva la formación de personal militar en el “Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica” del Ejercito de los Estado Unidos de América, anteriormente conocido como Escuela de las Américas.

[H] DEMOCRACIA Y PARTICIPACION

40. Alentar una participación ciudadana más amplia en la toma de decisiones políticas en Chile mediante, al menos, las siguientes acciones:a) Promover las audiencias ciudadanas, las consultas vinculantes y el principio de acción popular en materia legislativa.b) Garantizar el mayor ejercicio de las libertades públicas y el pluralismo en la expresión de las corrientes de opinión.c) Garantizar el pleno acceso a la información de dominio que debiera ser pública.
41. Reformar la Constitución en aquellos aspectos que desconocen Derechos Humanos y que limitan o distorsionan la participación política igualitaria:a) Incorporar los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.b) Modificar el sistema electoral binominal y las dificultades asociadas a las reformas de la Constitución.c) Restituir el Derecho Humano del pueblo a su libre determinación.
42. Reconocer el derecho a voto a chilenos/as residentes en el extranjero.
43. Crear la institución de la Defensoría del Pueblo (ombudsperson) para fortalecer la promoción, protección y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y de la comunidad, y a la par supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración del Estado y los servicios públicos que se prestan a la ciudadanía. Esto, sin perjuicio de la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
44. Profundizar las políticas públicas y avanzar en legislaciones, entre otras, a favor de:a) los derechos de los consumidores,b) el derecho a un medio ambiente sano,c) el derecho a la muerte digna libremente consentida.d) la laicidad del Estado.
45. Evitar el empleo de la fuerza en las actuaciones policiales durante reuniones ilícitas pero pacíficas, y para dispersar reuniones violentas emplear medidas de disuasión que impliquen el menor grado de fuerza posible.
46. Adoptar políticas de seguridad pública que cambien el eje represivo por un eje promocional y protector;a) Garantizar que las políticas de seguridad pública no signifiquen un retroceso en le goce de los derechos civiles y políticos.b) Adoptar una política sobre drogas, que sea eficaz, justa, democrática, construida de manera participativa y que privilegie el derecho a la asistencia antes que la pena.
47. Modificar el Servicio Militar Obligatorio para que sea acorde con una sociedad que respete y promueva los Derechos Humanos;a) Reconocer la objeción de conciencia como un derecho fundamental del individuo, que no admita excepción alguna en la que se funden las objeciones, ni contener enumeraciones taxativas para su ejercicio, y que no sea posible de suspender o restringir durante la vigencia de estados de excepción y durante tiempo de guerra.b) Respetar la decisión de ejercer la objeción de conciencia, no juzgando el valor de las razones de conciencia a raíz de tal elección. Este respeto incluye:-no imponer la obligación de justificar o demostrar las razones de la objeción;-que no existan facultades jurisdiccionales para investigar la vida y la conciencia para comprobar la veracidad de las convicciones alegadas;-no perder ni limitar los derechos políticos, civiles, económicos, sociales o culturales del ciudadano;-no imponer medidas discriminatorias ni el cumplimiento de deberes diferentes del Servicio Ciudadano Alternativo (SCA).c) Garantizar una correcta, completa y puntual información a la ciudadanía con respecto a la objeción de conciencia, por medio de acciones publicitarias públicas o en cooperación con asociaciones privadas que quieran difundir informaciones acerca del tema.d) Eliminar toda forma de discriminación arbitraria en los procesos de selección y en el desarrollo del Servicio Militar Obligatorio.e) Incorporar la educación en Derechos Humanos, con énfasis en el derecho humanitario, en el desarrollo del Servicio Militar Obligatorio.


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